Cómo pedir el bono social de la luz
El bono social es un descuento en la factura eléctrica que se puso en marcha en 2009 para proteger a los consumidores vulnerables. Su función es facilitar el pago de la factura de la luz a los hogares que tienen dificultades económicas. A raíz de la crisis del Covid 19 se han incorporado modificaciones en los requisitos que deben cumplir los consumidores para solicitar el bono social.
Existen tres categorías en el bono social:
Los beneficiarios del bono social también recibirán el bono social térmico que consiste en una ayuda que tramita cada comunidad autónoma en forma de transferencia que varía según la zona climática y el tipo de consumidor vulnerable.
Requisitos para consumidores vulnerables
La situación especial corresponde a las personas que han sido víctima de violencia de género o de terrorismo, tiene un grado de discapacidad igual o superior al 33% o una dependencia de grado II o III.
La documentación que debes cumplimentar es la siguiente:
El bono social tiene un plazo de duración de dos años, cuando se cumple el plazo no es necesario pedir la renovación porque la propia comercializadora comprueba si se siguen cumpliendo los requisitos y la renovación es automática. En el caso de las familias numerosas mantienen el bono hasta que pierden esta condición igual que los hogares que tienen el Ingreso Mínimo Vital. Si cambia alguna de las condiciones de la unidad familiar por la que se tiene concedido el bono social hay que notificárselo a la comercializadora.
¿Qué es el bono social?
El bono social es un descuento en la factura de la luz que se aplica a consumidores con tarifa PVPC, con un potencia contratada inferior a 10 kW y solo se puede aplicar al domicilio habitual.Existen tres categorías en el bono social:
- Consumidor vulnerable. Tiene un descuento en la factura del 25% del término fijo y del consumo. El descuento se ha elevado hasta el 60% hasta el 30 de junio de 2022.
- Consumidor vulnerable severo. Los descuentos aplicados se elevan al 40% que se ha incrementado hasta el 70% hasta el 30 de junio.
- Consumidor vulnerable severo en riesgo de exclusión social. El 50% de la factura lo paga la administración responsable que lo solicita y en caso de impago, no se puede interrumpir el suministro eléctrico.
Los beneficiarios del bono social también recibirán el bono social térmico que consiste en una ayuda que tramita cada comunidad autónoma en forma de transferencia que varía según la zona climática y el tipo de consumidor vulnerable.
CONDICIONES PARA PEDIR EL BONO SOCIAL |
Ser titular del contrato de la luz |
Tener la tarifa PVPC |
Contratar la tarifa con las comercializadoras de referencia |
Tener una potencia contratada inferior a 10 kW |
Ser la vivienda habitual |
Cumplir los requisitos económicos marcados por el IPREM |
¿Quién puede pedir el bono social?
De los 11 millones de hogares que están en el mercado regulado, aproximadamente un 25% tienen derecho a solicitar el bono social. Los requisitos para solicitar esta ayuda dependen de la unidad familiar y del nivel de la renta anual marcado por el IPREM:Requisitos para consumidores vulnerables
Tipo de familia | Situación general | Situación especial |
Personas o parejas sin hijos | 1,5 IPREM: 12.150 euros/año | 2 IPREM: 16.212 euros/año |
Familias con un menor | 2 IPREM: 16.212 euros/años | 2,5 IPREM:20.265 euros/año |
Familias con dos menores | 2,5 IPREM: 20.265 euros/año | 3 IPREM: 24.318 euros/año |
Familias numerosas | No hay límite | No hay límite |
Pensionistas | Pensión mínima | Pensión minima |
Requisitos para consumidores vulnerables severos
Tipo de familia | Situación general | Situación especial |
Personas o parejas sin hijos | 0,75 IPREM: 6.079 euros/año | 1 IPREM: 8.106 euros/año |
Familias con un menor | 1 IPREM: 8.106 euros/año | 1,25 IPREM: 10.132 euros/año |
Familias con dos menores | 1,25 IPREM: 10.132 euros/año | 1,50 IPREM: 12.159 euros/año |
Familias numerosas | Siempre | 2 IPREM 16.212 euros/año |
Pensionistas | IPREM: 8.106 euros/año | IPREM: 8.106 euros/año |
La situación especial corresponde a las personas que han sido víctima de violencia de género o de terrorismo, tiene un grado de discapacidad igual o superior al 33% o una dependencia de grado II o III.
Por tanto, los consumidores que pueden pedir el bono social son:
Hogares que cumplan los requisitos de renta del IPREM.
Familias numerosas.
Pensionistas con pensiones de la Seguridad Social por jubilación o incapacidad permanente que perciben la cuantía mínima y no tienen otras ayudas que superen los 500 euros al año.
Hogares con algún miembro que recibe el Ingreso Mínimo Vital.
- Beneficiarios del Covid. Hogares que se han visto afectados por la pandemia y cuyos ingresos se han reducido drásticamente.
Así puedes calcular el consumo eléctrico de la vivienda
¿Hay límite en el consumo eléctrico de los beneficiarios del bono social?
Sí, existen unos límites anuales en el consumo energético de los hogares que disfrutan del bono social que son distintos según el número de miembros menores de la unidad familiar, si son pensionistas o familias numerosas. Si se supera el límite, el exceso será facturado al precio PVPC.CATEGORÍA | LÍMITES MÁXIMOS CONSUMO (kWh) |
Unidad convivencia sin menores o demandante individual | 1.380 |
Unidad convivencia con un menor | 1.932 |
Unidad convivencia con dos menores | 2.346 |
Familias numerosas | 4.140 |
Pensionistas cuantía mínima | 1.932 |
Pasos a seguir para pedir el bono social
El bono social se debe solicitar a las comercializadoras de referencia que ofrecen la tarifa de PVPC. La tramitación puede hacerse por teléfono, a través del número disponible en la página web del comercializador de referencia, de forma presencial en las oficinas del comercializador, por correo electrónico o por correo postal.La documentación que debes cumplimentar es la siguiente:
- Formulario de solicitud del bono social. Estos cuestionarios son únicos para cada comercializadora y están disponibles en las webs. Hay que incluir todos los datos y firmarlo el titular y el resto de los miembros de la unidad familiar.
- Fotocopia del DNI del titular y miembros de la familia.
- Certificado de empadronamiento.
- Fotocopia del título de familia numerosa.
- Documento que acredite ser beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital.
- Certificado de los servicios sociales que acrediten las circunstancias especiales.
El bono social tiene un plazo de duración de dos años, cuando se cumple el plazo no es necesario pedir la renovación porque la propia comercializadora comprueba si se siguen cumpliendo los requisitos y la renovación es automática. En el caso de las familias numerosas mantienen el bono hasta que pierden esta condición igual que los hogares que tienen el Ingreso Mínimo Vital. Si cambia alguna de las condiciones de la unidad familiar por la que se tiene concedido el bono social hay que notificárselo a la comercializadora.